Adaptación de Verifactu en Cegid

A partir del 29 de julio de 2025, todas las soluciones de Cegid están adaptadas a Verifactu. Esto implica que los usuarios deben tener en cuenta algunas cuestiones.

La primera: elegir qué modalidad de Verifactu van a usar.

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Opciones de cumplimiento con Verifactu ¿es obligatorio el envío automático a la AEAT?

Al adaptar el software a Verifactu o comenzar con un nuevo programa será obligatorio elegir una opción de Verifactu. Según la opción que elijas Verifactu o No Verifactu, se determinará si el envío de los registros de facturación a la Agencia Tributaria se hace automático o posterior.

Esta elección la harás dentro del propio sistema de Cegid. En cada solución lo harás de una manera que puedes consultar más abajo.

Recuerda que: las soluciones Cegid adaptadas a Verifactu te permiten elegir entre las dos opciones. No todos los softwares tienen la opción No Verifactu, ya que algunos se han adaptado al mínimo legal, que es la opción de envío automático.

Con Cegid puedes elegir modalidad de envío sí o no y cumplir con total tranquilidad.

¿Qué modalidades existen dentro de Verifactu?

Verifactu

Envío automático y en tiempo real los registros de facturas a la Agencia Tributaria. Cumplimiento garantizado.

No Verifactu

No se envían los datos automáticamente y el usuario es responsable de conservar las facturas.

¿Quiénes están obligados a utilizar un sistema Verifactu?

Verifactu aplica a todos los que estén obligados a emitir facturas en España, tanto autónomos como empresas. Si usas cualquier programa de facturación (aunque sea básico), ese programa debe cumplir con los requisitos técnicos, incluso si decides no activar Verifactu. Existen algunas excepciones que repasamos a continuación.

Excepciones

  • Contribuyentes que ya usan el Suministro Inmediato de Información (SII).
  • Empresas en territorios forales con normativa propia (como TicketBAI)
  • No obligados a emitir factura.
  • País Vasco y Navarra: en los territorios forales, Verifactu convivirá con los sistemas propios de las haciendas forales y según de dónde se tribute se utilizará uno u otro.

A recordar:

  • Los exentos no tienen que decidir entre Verifactu o No Verifactu.
  • Software debe estar preparado: Si usan algún programa para facturar, debe cumplir la normativa, aunque no active Verifactu.
  • Aunque no usen Verifactu, siguen teniendo la obligación de conservar tus facturas durante 4 años.
  • Revisar la situación: Las circunstancias pueden cambiar y lo que hoy te exime mañana podría no hacerlo si creces o cambias de actividad.

Consulta aquí las declaraciones Responsables de cada producto que confirman que cumplen con la normativa.

Accede a las declaraciones responsables de las soluciones Cegid

Para ayudarte en la comprobación de las soluciones que están adaptadas a los nuevos requerimientos de los sistemas de emisión de facturas verificables o sistemas Veri*Factu, en todos nuestros productos tendrás disponible este sello. Además, de por supuesto, las declaraciones responsables obligatorias para cada software adaptado.

A través de ello garantizamos que nuestro software cumple con las especificaciones del citado Reglamento y podrá ser utilizado para remitir facturas verificables a la Agencia Estatal de Administración Tributaria de forma continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente.

Ver todas las declaraciones responsables

¿Por qué Cegid ofrece las mejores soluciones para adaptarse a Verifactu?

Cegid Billage

1. Acceso y configuración de Verifactu

  • Accede a la configuración e inicia sesión en tu cuenta de Cegid Billage.
  • Ve a Ajustes y accede al apartado donde puedes configurar la modalidad Verifactu.
  • Puedes elegir enviar las facturas voluntariamente y de forma automática a Hacienda en el momento de su creación (opción Verifactu) o no hacerlo (no Verifactu).

2. ¿Qué opción Verifactu elegir?

  • Verifactu Sí: La factura se envía de forma inmediata a la AEAT. A través del código QR se puede verificar posteriormente la factura en la web de la Agencia Tributaria, lo que genera confianza en los clientes. Hay menor riesgo de inspección fiscal gracias al envío en tiempo real y la Agencia Tributaria asume la custodia de los registros enviados. Se cumplen los requisitos de integridad, legibilidad, trazabilidad, inalterabilidad y conservación.
  • Verifactu No: No se envía inmediatamente y se conserva un registro por si Hacienda lo requiere. La lectura del QR no proporciona una verificación posterior por parte de la Agencia Tributaria, lo que puede generar desconfianza. Existe más probabilidad de inspección fiscal al no enviar en tiempo real y el usuario asume la responsabilidad de la custodia. Tu software debe garantizar que cumple con los mismos requisitos.

3. Plazos y firma obligatoria

  • No te demores: si no eliges modalidad y firmas antes de la fecha límite, no podrás emitir facturas a partir del 1 de enero si eres empresa, o del 1 de julio si eres autónomo.
  • El consentimiento expreso para la transmisión de facturas a la AEAT debe firmarse si eliges el modelo Verifactu (para empezar a enviar desde ya). También será necesario firmarlo más adelante si has elegido el modelo No Verifactu, en el momento en que la AEAT te solicite las facturas.

4. Cambios, bloqueos y código QR en las facturas

  • Si activas Verifactu Sí, no podrás cambiar a otra modalidad hasta el 31/12.
  • Si activas Verifactu No, sí podrás cambiar a Verifactu Sí en cualquier momento.
  • Al activar Verifactu (sea Sí o No), las facturas mostrarán un código QR en la parte superior.
  • En el caso de Verifactu Sí, este QR incluye información que acredita la conexión con Hacienda.
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Cegid Contasimple

1. Accede a la configuración

  • Inicia sesión en tu cuenta de Cegid Contasimple.
  • Ve a Configuración → Ajustes de empresa → Facturación electrónica.

2. Selección de la modalidad Verifactu

  • Decide si quieres enviar las facturas voluntariamente y de forma automática a Hacienda en el momento de su creación (opción Verifactu) o no hacerlo (no Verifactu).
  • Selecciona una de las siguientes opciones según tu situación: Verifactu (recomendado) | NO Verifactu | Exento.

3. Consentimiento y formato de factura

  • El formato de factura debe incluir el código QR tanto si optas por Verifactu como por NO Verifactu.
  • El consentimiento expreso para la transmisión de facturas a la AEAT debe firmarse si eliges el modelo Verifactu para empezar a enviar desde ya.
  • Si eliges NO Verifactu, será necesario firmarlo más adelante si la AEAT te solicita las facturas.

4. Cambios, bloqueos y código QR en las facturas

  • Si activas Verifactu Sí, no podrás cambiar a otra modalidad hasta el 31/12.
  • Si activas Verifactu No, sí podrás cambiar a Verifactu Sí en cualquier momento.
  • Al activar Verifactu (sea Sí o No), las facturas mostrarán un código QR en la parte superior.
  • En el caso de Verifactu Sí, este QR incluye información que acredita la conexión con Hacienda.
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Cegid Club del Asesor

1. Acceso a Cegid Club del Asesor

  • Entra en la aplicación usando tu usuario y contraseña habituales.
  • Ve a Facturación > Empresas > Gesclub para iniciar la configuración de Verifactu.

2. Firma del consentimiento

  • Si eliges la modalidad Verifactu, debes firmar el consentimiento expreso.
  • El consentimiento llegará al correo electrónico de la empresa y deberá firmarse electrónicamente.
  • Si seleccionas NO Verifactu, este mismo consentimiento se firmará más adelante si la AEAT lo requiere.

3. Selección del método de facturación

  • Elige la modalidad que prefieras: Verifactu (recomendado) | NO Verifactu | Exento.

4. Continuar facturando con normalidad

  • A partir de ese momento, podrás emitir facturas como siempre.
  • Si optas por Verifactu, las facturas definitivas se enviarán automáticamente a la AEAT.
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Cegid Diez

1. Acceso a Cegid Diez

Entra en la aplicación con normalidad utilizando tu usuario y contraseña habituales. Para realizar esta configuración, accede a la sección de Facturación > Parámetros.

2. Firma del consentimiento

Si seleccionas la modalidad Verifactu, será obligatorio firmar el consentimiento expreso para poder emitir facturas bajo este modelo. Este consentimiento llegará al correo electrónico de la empresa y debe firmarse electrónicamente.
En caso de haber seleccionado NO Verifactu, este consentimiento también deberá firmarse más adelante si la AEAT solicita el envío de facturas.

3. Selección del método de facturación

Decide por la modalidad de facturación que quieres optar:

  • Verifactu (recomendado)
  • NO Verifactu
  • Exento

4. Sigue facturando con normalidad

A partir de ese momento, podrás seguir emitiendo facturas como de costumbre, eligiendo si quieres enviar las facturas voluntariamente y de forma automática a Hacienda en el momento de su creación (opción Verifactu) o no hacerlo (NO Verifactu).

Importante: No te demores. Si no eliges modalidad y firmas antes de la fecha límite, no podrás emitir facturas a partir del 1 de enero si eres empresa, o del 1 de julio si eres autónomo.

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Cegid Ekon

La configuración del software consistirá en 3 pasos:

  • Seleccionar el tipo de facturación de la empresa (Verifactu, No Verifactu, TicketBAI…)
  • Firma del consentimiento de firma delegada, es decir, el consentimiento para utilizar el certificado digital de Cegid para el envío de las facturas.
  • Ejecutar el auditor para la detección de posibles personalizaciones que tengan afectación al sistema de facturación, revisión de estas, y emisión de la declaración responsable

Cuando se actualiza a una versión oficialmente adaptada, es imprescindible realizar estos pasos para seguir facturando, si no la facturación de la empresa quedaría parada hasta no finalizar con todo este proceso.

Con la versión oficialmente adaptada, las empresas que opten por realizar el envío voluntario de las facturas a la AEAT (Sistema Veri*Factu), enviarán la facturas al entorno productivo de la AEAT pero no tendrá ningún efecto legal hasta final de año.

RECOMENDACIÓN: antes de realizar la actualización a una versión completamente adaptada (en nuestro caso, Autumn25), es recomendable actualizar previamente a versión 11.1.0.5 , ya que permitirá realizar únicamente la configuración progresiva del sistema y el envío de facturas a los servicios de test de Hacienda desde entornos de pruebas del software, sin ningún tipo de afectación a los procesos de facturación de la empresa.

Una vez que el sistema esté configurado y validado utilizando la versión 11.1.0.5, se podrá actualizar a Autumn25 y desde ese momento, empezar a emitir facturas electrónicamente a los entornos productivos de la Hacienda.

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Cegid Informática3

Actualizar el programa

  •  Accede a la última versión del software con fecha igual o posterior al 29/07/2025.
  • Para ello, entra en el programa y dirígete a: Ayuda → Servicios On-Line → Programa → Actualización.

Decidir la modalidad de facturación

  • Elige la opción correspondiente según tu situación: Verifactu (recomendado) | NO Verifactu | Exento.

Configurar según la modalidad elegida

  • El formato de factura debe incluir el código QR tanto si optas por Verifactu como por NO Verifactu.
  • El consentimiento expreso para la transmisión de facturas a la AEAT debe firmarse si eliges el modelo Verifactu para empezar a enviar desde ya.
  • Si eliges NO Verifactu, será necesario firmarlo más adelante si la AEAT te solicita las facturas.

Listo para trabajar

  • Una vez realizados los pasos anteriores, ya puedes emitir facturas cumpliendo con los requisitos legales vigentes.

 

Conoce los cambios que deberás hacer en tu software de facturación antes de 2026

Verifactu será obligatorio en 2026. En este vídeo te contamos todo lo que debes tener en cuenta para su correcta aplicación:

Líderes en software adaptado a Verifactu

Para comenzar a utilizar Verifactu, simplemente se debe contar con un software de emisión de facturas verificables que cumpla con los requisitos establecidos por la ley Antifraude. Todas nuestras soluciones de software para despachos y empresas están 100% adaptadas a los nuevos requisitos de la Administración para que puedas cumplir con la normativa sin preocupaciones.

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