El software Cegid Ekon automatiza el pago del nuevo Impuesto al plástico

  • La solución ERP de Cegid Ekon, ya ofrece en su última versión la posibilidad de cuantificar, automáticamente y en tiempo real, la base imponible del Impuesto especial sobre los Envases de Plástico no Reutilizables, reduciendo así la incertidumbre operativa
  • Con Cegid Ekon las empresas podrán cumplir la ley para evitar sanciones por no presentar en plazo la declaración de dicho impuesto, que ascienden a 1.000 euros

Madrid, 16 de febrero de 2023

El pasado 1 de enero el impuesto sobre envases de plástico no reutilizables entraba en vigor en España, convirtiéndose así en el primer país del mundo con este tributo. Tal y como indica la Agencia Tributaria, el nuevo gravamen tendrá una tasa de 0,45 euros por cada kilogramo que se fabrique o adquiera, en aquellos envases que contengan plástico y no sean reutilizables.

Ante este escenario, Cegid Ekon, con gran presencia en el sector industrial, ya ha implementado la automatización integral del impuesto. Así, el ERP de Cegid Ekon cumple con los requerimientos del nuevo gravamen para que todas las empresas puedan cuantificar, automáticamente y en tiempo real, la base imponible, con el objetivo de presentar la declaración en plazo y reducir la incertidumbre operativa. Gracias a ello, las compañías no se verán afectadas por un incremento en sus costes de gestión.

Una característica inherente a la presentación del impuesto, al igual que sucede con otros de este tipo, es que toda la gestión será exclusivamente telemática a través del modelo 592, el cual será el utilizado como autoliquidación. Isidro Velis, Product Management Director (Mid Market Solutions) de Cegid apunta que, “actualmente, cualquier modificación normativa debe ser integrada en el sistema informático de cada compañía para que la tecnología reduzca a la mínima expresión la posibilidad de un error humano”.

El nuevo impuesto se dirige fundamentalmente a productores, distribuidoras y grandes superficies que son las que se harán cargo de dicho gravamen y quienes deben inscribirse en el Registro territorial del Impuesto, un trámite necesario para obtener los Códigos de Identificación del Plástico (CIP). En caso de no hacerlo, se estaría cometiendo una infracción tributaria específica grave sancionada con una multa pecuniaria fija de 1.000 euros.

A esta sanción, tal y como apuntan en Cegid, se le sumaría tener que hacer la facturación de forma manual, dado que el impuesto se aplica antes y después el IVA, “aplicando un sin fin de modificaciones a mano que se presentan inviables”.

La mayor dificultad para determinar el pago radica en conocer la cantidad de plástico no reciclado que incorporan los productos. Las compañías deberán llevar una rigurosa contabilidad de los productos sujetos al impuesto –incluyendo las existencias almacenadas a la entrada en vigor del tributo– conforme al formato electrónico que indica la Agencia Tributaria.

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