Gesti贸n financiera
Qu茅 es el Recargo de Equivalencia y c贸mo funciona
Publicado el 9 junio 2022
Modificado el 27 octubre 2025
2 min
驴Qu茅 es el recargo de equivalencia?
El recargo de equivalencia es un r茅gimen especial del Impuesto sobre el Valor A帽adido (IVA) que se debe aplicar a los comerciantes minoristas que venden a cliente final sin que ellos sean responsables de ning煤n tipo de transformaci贸n sobre el producto que venden sino que son intermediarios entre un proveedor y el cliente. Su aplicaci贸n afecta tanto a aut贸nomos como a comunidades de bienes.
Este r茅gimen exonera a los comerciantes minoristas de muchas de las obligaciones que implica el IVA pero para ello deber谩n acreditar ante sus proveedores que est谩n sometidos al correspondiente recargo de equivalencia. Esto supone para el minorista no poder deducirse ni el IVA ni el recargo soportado.
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驴Cu谩ndo se aplica el recargo de equivalencia?
Una de las grandes dudas que les surge a los comerciantes minoristas es cu谩ndo se debe aplicar el recargo de equivalencia ya que su aplicaci贸n revierte para ellos en un precio m谩s alto a la hora de adquirir los productos con los que van a comerciar. Seg煤n la Agencia Tributaria, el recargo de equivalencia debe aplicarse en una serie de supuestos ya tipificados:
- En la entrega de bienes inmuebles por parte de un empresario mayorista a un comerciante minorista; en este caso los proveedores del bien inmueble deber谩n repercutir adem谩s del IVA, el recargo de equivalencia, de forma independiente en la factura (que se expide separada para documentar la entrega)
- Cuando el comerciante minorista lleva a cabo una adquisici贸n intracomunitaria, importaciones o bien cuando en la adquisici贸n de los bienes, el minorista sea sujeto pasivo por inversi贸n; en cualquiera de estos supuestos, el minorista est谩 obligado a presentar el modelo 309 para liquidar y pagar el impuesto y el recargo.
Exenciones en el recargo de equivalencia
Al igual que hay supuestos en los que le recargo de equivalencias debe aplicarse seg煤n estipula la ley, existen una serie de exenciones recogidas igualmente por la Agencia Tributaria. A continuaci贸n, las enumeramos:
- Las entregas a comerciantes que acrediten que no est谩n sometidos al r茅gimen especial.
- Las entregas por sujetos pasivos acogidos al r茅gimen especial de la agricultura, ganader铆a y pesca.
- Las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de bienes que no son objeto de comercio por quien las adquiere.
- Las entregas, adquisiciones intracomunitarias e importaciones de art铆culos que est茅n excluidos de la aplicaci贸n del r茅gimen especial.
C贸mo funciona el recargo de equivalencia
Cuando un comerciante minorista est谩 sujeto al recargo de equivalencia va a tener que soportar un IVA superior al habitual en Espa帽a. En contraprestaci贸n, no ser谩 necesario que presente la declaraci贸n del IVA a Hacienda.
Con esta situaci贸n de partida, los dos escenarios que se presentan para los comerciantes minoristas son:
- Cuando el comerciante minorista est谩 sujeto al recargo de equivalencia, debe avisar a su proveedor para que le emita reflejen la aplicaci贸n de este tipo de impuesto. Esto implica que el minorista abona el IVA directamente al proveedor.
- Si es el comerciante minorista quien emite la factura, deber谩 a帽adir al r茅gimen general de IVA el recargo de equivalencia, que ser铆a una especie de IVA adicional.
Qu茅 tipos de recargo de equivalencia hay
En funci贸n del IVA, la cuota del recargo de equivalencia var铆a. Los 3 tipos de recargo de equivalencia estipulados son:
- Superreducido: para el 4 % el recargo ser谩 de 0,5 %
- Reducido: para el 10 % el recargo ser谩 de 1,4 %
- General: para el 21 % el recargo ser谩 del 5,2 %
La contabilidad con el recargo de equivalencia
A la hora de gestionar la contabilidad de cualquier comerciante minorista, hay que tener en cuenta la aplicaci贸n del recargo de equivalencia en funci贸n de los supuestos comentados anteriormente. Es evidente que su aplicaci贸n afecta a la facturaci贸n y por eso hay que tener en cuenta las implicaciones contables que conlleva (y ayudarse de un聽programa de contabilidad聽que facilite el trabajo contable y minimice los posibles errores humanos). Sin duda, contar con un software de contabilidad, har谩 el trabajo m谩s sencillo no s贸lo en este supuesto sino en otros muchos que se presentan habitualmente.
Las implicaciones contables que se derivan de pertenecer a este r茅gimen son:
- Es deber de los proveedores facturar a sus clientes en recargo de equivalencia, repercutiendo el IVA y tambi茅n el porcentaje de recargo de equivalencia en la misma factura y sobre la misma base imponible.
- Mientras que el comerciante minorista deber谩 repercutir el IVA pero sin liquidarlo ni ingresarlo.
- En los casos en que el minorista, como sujeto pasivo, realice adquisiciones intracomunitarias, importaciones o adquisiciones de bienes, tendr谩 la obligaci贸n de liquidar y pagar el impuesto y el recargo.
- Adem谩s, el minorista deber谩 acreditar ante los proveedores o ante la Aduana, que est谩 sometido al recargo de equivalencia, para que estos le puedan repercutir el recargo correspondiente.
Por 煤ltimo, es importante hacer hincapi茅 en que en el caso de los aut贸nomos cuya actividad est茅 sujeta a recargo de equivalencia, no es necesario presentar el IVA, modelo 303, a Hacienda pero s铆 el modelo 309 cuando el comerciante minorista sea sujeto pasivo de alguna operaci贸n.
Ejemplo de factura con recargo de equivalencia
Vamos a ver un ejemplo de c贸mo emitir una factura donde se aplica el recargo de equivalencia.
La factura deber谩 emitirse con todos los datos que la ley nos obliga a incluir; es decir, fecha de misi贸n, datos fiscales de cliente y emisor, n煤mero de factura, descripci贸n del bien o producto, base imponible y total a pagar. Sin embargo, adem谩s de informar del IVA aplicado, deber谩 aparecer tambi茅n el % perteneciente al recargo de equivalencia.
Por ejemplo, si una empresa minorista hace una compra de 10.000 euros en productos gravados al 21% de IVA para su negocio, la factura deber铆a reflejar los siguientes datos:
- Base imponible: 10.000 euros
- IVA: 2100 euros (21% de 10.000)
- Recargo de equivalencia: 520 euros (5,2% de 10.000 euros)
- Total: 12.620 euros
Este ser铆a un ejemplo de c贸mo quedar铆a la factura
