Gestión financiera

¿Qué es la plusvalía municipal?

9 febrero 2023

2 min
El impuesto de plusvalía está siendo un tema de actualidad ya que una reciente sentencia del Tribunal Constitucional ha obligado a modificar las características de este tributo municipal. Pero, ¿sabes qué es la plusvalía municipal y a quién afecta? Desde GSE te resolvemos las principales dudas en torno al impuesto de plusvalía municipal

¿Qué es la plusvalía?

La plusvalía municipal es, como su nombre indica, un impuesto de carácter municipal con el cual se grava el incremento del valor de los terrenos que tienen una naturaleza urbana durante el proceso de transmisión (venta, donación o herencia de una propiedad).

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¿Cuándo se paga una plusvalía municipal?

El pago de la plusvalía municipal viene determinado por la manera en cómo se ha obtenido el inmueble. Esto hará que para pagar la plusvalía municipal el plazo varíe con independencia de si el vendedor es receptor o no de una pensión, o por lo contrario si cuenta con una hipoteca.

  • Cuando estamos ante una compraventa o donación, el plazo que se tiene para abonar la plusvalía municipal es de 30 días hábiles.
  • Cuando hablamos de herencias, la plusvalía municipal se paga durante los 6 primeros meses desde que fallece el propietario de la vivienda. Un plazo que se va a poder prorrogar durante seis meses más siempre que se avise dentro de plazo.

No hacer frente a la obligación de pagar el impuesto de plusvalía municipal dentro del plazo establecido, puede acarrear los siguientes intereses de demora a modo de multa:

  •  Durante los tres primeros meses: 5%.
  •  Entre los tres y los seis meses siguientes: 10%.
  •  Entre los seis y los 12 siguientes: 15%.
  •  Después de un año: 20%.

 

¿Cuándo se está exento de pagar plusvalía?

Este tributo normalmente lo tiene que pagar el que vende el inmueble. Pero hay una excepción sobre quién debe hacer frente al pago de la plusvalía municipal. Cuando la persona que transfiere la vivienda no reside en España, entonces es el comprador el cual tiene que hacer frente al pago del tributo, por lo que el vendedor estará exento de pagar la plusvalía.

De igual modo, quedarán exonerados de abonar el impuesto todos los propietarios que al vender su casa y no estén obteniendo beneficio con ello.

 

Ejemplo de cómo se calcula la plusvalía

Para poder calcular la plusvalía municipal debemos tener en cuenta que los diferentes tipos impositivos dependen de cada ayuntamiento. No obstante, siempre habrá que aplicar los siguientes parámetros para el cálculo:

  • Valor catastral: Se puede localizar en el último recibo del IBI y es la base para calcular la plusvalía municipal. También lo vas a poder encontrar en la última declaración de la renta o en el ayuntamiento, el cual habrá sido determinado en función del valor del suelo.
  • Número de años transcurridos entre la adquisición y la transmisión: Según los años que hayan pasado desde la transmisión, se aplicará un coeficiente de incremento del valor catastral u otro.
  • Municipio del inmueble: Cada ayuntamiento puede aplicar distintos coeficientes máximos de incremento.
  • Valor de transmisión del inmueble: Esto es la cuantía por cuánto se vendió, heredó o donó la vivienda.

Si bien existen diversas opciones de calculadora de plusvalía, veamos a continuación un ejemplo práctico:

Partimos del supuesto que se realizó la adquisición de una vivienda hace 5 años, cuyo valor catastral asciende a 100.000 euros. El municipio donde se ubica la vivienda aplica un tipo de gravamen del 25% y una tasa de revalorización o incremento de valor del 3 %.

Debemos multiplicar los años por la tasa de revalorización y por el valor catastral a 5 años x 3 % x 100 000 euros = 15.000 euros se ha revalorizado la vivienda.

A continuación, debemos multiplicar los 15.000 euros por el tipo de gravamen que aplica el Ayuntamiento a 15.000 euros x 25 % = 3.750 euros de cuota íntegra. Y una vez deducidas las bonificaciones ya dispondremos la cuantía de autoliquidación.

 

La plusvalía municipal es un impuesto motivado por el supuesto incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana producido durante un periodo de tiempo. Y en la Comunidad Foral, aunque tenga carácter local se rige por la Ley Foral de haciendas Locales de Navarra. Sin embargo, recientemente se dio a conocer la aprobación oficial por parte del Gobierno de Navarra del Proyecto de modificación del impuesto de Plusvalía Municipal. La modificación vino motivada por la sentencia del Tribunal Constitucional en el que se establecía como inconstitucionales los métodos de cálculo de la base imponible del impuesto sobre la plusvalía municipal que venía previsto en el artículo 175.2 de la Ley Foral 2/1995 de Haciendas Locales de Navarra.

El nuevo criterio consiste en establecer que, cuando el incremento del valor real del terreno sea inferior a la base imponible calculada por el método de estimación aplicando unos coeficientes sobre el valor catastral, se tomará como base imponible el importe del incremento real, por lo que la ley 19/2017, incorpora al ordenamiento jurídico español el régimen previsto en la Directiva 2014/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la comparabilidad de las comisiones conexas a las cuentas de pago, el traslado cuentas de pago y el acceso a cuentas de pago básicas.

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