Gestión Empresarial

Diferentes modelos tributarios de las empresas

4 junio 2024

Modelos tributarios de empresas
5 min
En este artículo abordamos este caso y demás, explicaremos cuáles son todos los modelos tributarios a los que pueden acogerse tanto las sociedades como los autónomos.

La tributación de una sociedad civil ha sido objeto de controversias durante los últimos años, debido a los cambios que ha sufrido. En este artículo abordamos este caso y demás, explicaremos cuáles son todos los modelos tributarios a los que pueden acogerse tanto las sociedades como los autónomos.

También vamos a hacer hincapié en otros impuestos con los que se grava cada transacción, como es el caso del IVA, uno de los que más recaudan en España. Asimismo, te ofreceremos algunos consejos a la hora de llevar a cabo la planificación tributaria de tu negocio. Este es un aspecto fundamental que muchas pequeñas y medianas empresas pasan por alto y que puede marcar una importante diferencia al finalizar el ejercicio.

Sociedad civil y mercantil

La principal diferencia entre estos modelos tiene que ver con su personalidad jurídica. La primera mantiene la de sus socios, por lo que no tiene personalidad jurídica propia. De hecho, como te decíamos antes, hasta 2016 cada socio abonaba el IRPF por el porcentaje que le correspondía del negocio. No obstante, la tributación de la sociedad civil en la actualidad es muy similar a la tributación de una sociedad limitada o anónima.

Hay una excepción a esta norma, y se trata de la tributación de una sociedad civil profesional. Si se realizan actividades profesionales, se está exento de abonar el impuesto de sociedades y se debe seguir abonando el IRPF en atribución de rentas. Es decir, en una situación idéntica a la que hasta el 2016 tenían el resto de sociedades civiles.

Es el mismo criterio que se aplica a las comunidades de bienes, aunque lo ideal es que sea un asesor quien indique a cada empresario cómo encuadrar la tributación, ya que Hacienda tendrá en cuenta la profesión ejercida para establecer su criterio. Aun así, es posible que en una misma sociedad se lleven a cabo varias actividades y una de ellas sea reconocida como económica y no profesional.

La tributación de una sociedad patrimonial sí tiene diferencias relevantes respecto a las anteriores, puesto que en este caso no se abona el impuesto de sociedades por ejercer actividades económicas, sino por la gestión de un patrimonio, que normalmente consiste en uno o varios inmuebles. Este tipo de sociedades son recomendables para empresarios que tengan varias viviendas o locales, porque el tipo impositivo a abonar es inferior al que correspondería al IRPF, que puede llegar a ser de hasta un 45 %.

Enfoques tributarios empresariales: un análisis detallado

La recaudación fiscal española se basa en dos pilares esenciales. Por un lado, los impuestos indirectos, como el IVA, del que hablaremos más adelante. Por otro, los impuestos directos, de los cuales una gran parte recae sobre las propias empresas y los profesionales.

Todas las sociedades están obligadas a tributar por lo que se conoce como el impuesto de sociedades. Este es uno de los tres gravámenes que más beneficios dejan al Estado y su factura en 2022 fue superior a los 32 000 millones de euros. Sin embargo, se queda muy lejos de otros como el IRPF, cuya recaudación se quedó cerca de superar los 110.000 millones en el mismo ejercicio.

No obstante, no todos los negocios están sujetos al mismo régimen. El régimen general es el más habitual para la tributación de empresas, pero hay numerosos regímenes especiales como el del recargo de equivalencia, el simplificado, el de agricultura, ganadería y pesca o el del criterio de caja. El sector de cada compañía es el que determina en cuál de ellos se debe tributar siguiendo los criterios de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre).

Impuesto de sociedades

Este impuesto es el que debe abonar cualquier sociedad que opera en el territorio español. Lo que se grava en este caso son los beneficios obtenidos a lo largo de todo el ejercicio y, para ello, se tiene en cuenta la diferencia entre sus ingresos y sus gastos. Pese a ello, la realidad es que no solo se paga en función de los números, sino que también entran en juego las deducciones que puede tener aplicadas cada negocio.

De hecho, la realidad fiscal de España dice que las pequeñas y medianas empresas pagan un porcentaje mucho más elevado del impuesto que aquellas de mayor tamaño. Más adelante vamos a mostrarte los tipos impositivos con los que se grava cada negocio, pero ahora vamos a explicarte la realidad fiscal:

  • Las empresas pequeñas abonan un porcentaje de un 17,51 % sobre sus beneficios.
  • Las medianas tributan, de media, un 14,73 %.
  • Las grandes abonan un impuesto medio del 6,53 %
  • Dentro de este grupo, las que tienen entre 251 y 1000 empleados pagan un impuesto de un 11,99 %.
  • Entre 1000 y 5000 tienen una media que oscila entre el 6,7 y el 6,79 %.
  • Las de más de 5000 empleados tan solo pagan alrededor del 3,59 % de sus beneficios por el impuesto de sociedades.

Como ves, las deducciones y la ingeniería fiscal tienen un gran impacto en las cuentas de las empresas y este se refleja en sus tributos. Sin embargo, el tipo general para todos los negocios se encuentra actualmente en el 25 %, y solo algunos tienen tipos más beneficiosos. Son los siguientes:

  • Desde 2023, las pequeñas y medianas empresas cuya cifra de negocio no supera el millón de euros tributan al 23 %.
  • Las cooperativas fiscales protegidas tienen que abonar el 20 % de sus beneficios.
  • Las sociedades de nueva creación lo hacen al 15 %.
  • Las entidades sin ánimo de lucro tienen un tipo reducido del 10 %.
  • Los fondos de inversión y los fondos de activos bancarios tributan al 1 %.
  • Los fondos que gestionan planes de pensiones están exentos de tributar por el impuesto de sociedades.

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Impuestos sobre las ventas y el valor añadido

Otro de los impuestos que hemos mencionado antes es el del IVA (impuesto sobre el valor añadido). En este caso, se trata de un tributo que deben soportar los consumidores, pero son las empresas las que se encargan de su recaudación actuando como intermediarios para la Agencia Tributaria. En España, hay tres tipos:

  • IVA del 21 %.
  • IVA reducido del 10 %.
  • IVA superreducido del 4 %.

No obstante, tras las medidas tomadas por el Gobierno para frenar la inflación producida tras la pandemia y la guerra entre Rusia y Ucrania, hay algunos bienes y servicios que han pasado a tributar al 0 % y otros lo han hecho con un 5 %. Son gravámenes que no serán permanentes y que desaparecerán a corto plazo.

Este impuesto va a sufrir un cambio muy importante a partir de 2025 que beneficiará a muchas pequeñas y medianas empresas. Y es que, a partir de ese momento, ya no será obligatorio recaudar el IVA en negocios cuya facturación no supere los 85 000 euros al año.

Se trata de una medida que incrementará la competitividad de estas empresas, ya que podrán ofrecer precios de venta al público más bajos que los negocios de mayor tamaño. Asimismo, estarán exentos de presentar los modelos de autoliquidación trimestral, por lo que tendrán una carga fiscal más baja.

Regímenes del impuesto sobre la renta para autónomos

Los trabajadores por cuenta propia también disponen de sus propios regímenes para hacer frente al IRPF. El más habitual es el que se conoce como régimen de estimación directa simplificada. Es el más sencillo de elaborar y está pensado para los profesionales con una facturación inferior a los 600 000 euros al año. Si la cifra es superior, tienen que pasar a tributar por estimación directa normal, algo que requiere una mayor burocracia y más conocimientos sobre fiscalidad.

Otro régimen muy habitual, sobre todo entre los comerciantes minoristas, es el de la estimación objetiva del IPRF, más conocido como «los módulos». Aquí el pago se calcula en función de datos como el número de empleados, el tamaño de las instalaciones o el consumo de luz. Por tanto, no se tienen en cuenta los ingresos reales.

Al finalizar el ejercicio, y al igual que hacen el resto de los ciudadanos, los autónomos tienen que tramitar el modelo 100 de la declaración de la renta. Aquí se recogen todas las autoliquidaciones llevadas a cabo durante el año fiscal y se comparan con lo que en realidad se tendría que haber abonado. Por norma general, el tipo impositivo de las autoliquidaciones trimestrales es del 20 %.

Por consiguiente, la mayoría de autónomos se ven obligados a hacer un pago final tras hacer el modelo 100. Aun así, hay excepciones. Y es que las deducciones y la situación familiar de cada uno hacen que esos importes puedan variar. En caso de que se haya pagado más de lo que se debería, Hacienda hace una devolución por ese mismo valor.

Modelos de incentivos fiscales y subvenciones

Para favorecer la actividad económica, el Gobierno puede fijar incentivos para ciertos negocios que hacen que se reduzcan los impuestos finales que deben abonar. Por ejemplo, en el caso de contratar personas con discapacidad o parados de larga duración. En otras ocasiones, se proporcionan ayudas directas en forma de subvenciones, como sucede con las que se han ofrecido recientemente por la adquisición de vehículos eléctricos o por el montaje de placas solares.

Este tipo de ayudas pueden tener un impacto significativo en las cuentas de las empresas y eso hace que muchas de ellas traten de aprovecharlas para reducir su carga fiscal. Sin embargo, en lo referente a las subvenciones, es crucial saber que, pese a que suponen un ahorro a corto plazo, la mayoría de ellas deben tributarse con posterioridad. Por ello, es esencial hacer los cálculos para saber si resultará rentable su concesión.

Consideraciones estratégicas y planificación tributaria

Elegir el modelo tributario adecuado es fundamental para evitar pagar una cantidad de impuestos superior a la que corresponde a cada negocio. Aquí juega un papel muy importante la figura del asesor fiscal, dado que podrá ofrecer a cada empresario los consejos más adecuados, puesto que no es lo mismo la tributación de una sociedad limitada que la tributación de una sociedad patrimonial. Esto es algo que debe revisarse de manera detallada y evaluando todas las ventajas y beneficios.

Además, es muy recomendable crear una planificación tributaria para la empresa. Este concepto no es muy conocido entre las pymes, y, lejos de tratarse de una evasión de impuestos, consiste en crear un plan para conocer todos los impuestos a los que se debe hacer frente. También en fijar las condiciones para que su pago no repercuta negativamente en el negocio.

Así, por ejemplo, se puede hacer uso de incentivos fiscales para disminuir el gravamen total de la empresa. Todo ello cumpliendo a rajatabla la legislación fiscal española. Pero, como te decimos, esto es algo que debes dejar en manos de profesionales de la materia.

Como has podido comprobar, la tributación de una sociedad civil ha sufrido cambios importantes. Aun así, este tipo de unión sigue siendo una gran alternativa para los autónomos que quieren trabajar junto a otro socio, ya que no requiere de la aportación de capital social y los trámites para su creación son muy sencillos.

Por contra, cada autónomo debe responder con sus propios bienes por el porcentaje de participación que asume en el contrato. La tributación de una sociedad civil profesional permanece sin cambios, pero depende de los criterios de la Agencia Tributaria y de la jurisprudencia para evitar sanciones si no se abona el impuesto de sociedades.

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